La sanción de la ley Nº 26940 viene a crear nuevas herramientas para disminuir el empleo ilegal que perjudica a unos tres millones de personas, según datos del INDEC.
A fin de reducir el número de trabajadores que cumple sus tareas sin tener aportes previsionales ni obra social, la nueva ley crea un Régimen Especial y Permanente de Contribuciones a la Seguridad Social para Microempresas de Menores Niveles de Productividad y Competitividad con beneficios.
Ese régimen abarca a empresas que tienen hasta cinco trabajadores, que no son sociedades anónimas y tienen un cierto nivel de facturación anual.
Por otra parte, se crea el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales, donde se incluirá a las firmas que no blanqueen a sus trabajadores, contraten a niños o adolescentes fuera de los límites legales o incurran en trata de personas para el trabajo forzado.
Del mismo modo, las nuevas normas disponen medidas de fortalecimiento en la fiscalización y capacidad de inspección del Estado nacional.
Es importante la adhesión a esta norma sancionada recientemente en el Congreso Nacional, ya que nuestra provincia presenta altos índices de trabajo en negro, que es necesario revertir, para brindar a los trabajadores, un trabajo en condiciones dignas y con todas las garantías y derechos laborales respetados por sus empleadores. La solidaridad y el respeto a la vida también deben ser reflejados en estas iniciativas, que con hechos de clara transparencia en la relación laboral, nos ayudará a construir una sociedad con justicia social.
Para adecuar las sanciones a la realidad, la ley 26941 ha modificado parcialmente el régimen de sanciones
Por lo expuesto es que solicito a las Sras. y Sres. legisladores, acompañen con su voto positivo el presente proyecto.
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
ARTÍCULO 1º: ADHIÉRASE, en todos sus términos, la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional Nº 26.940, de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral.
ARTÍCULO 2º: ADHIÉRASE, la Provincia de Catamarca, en todos sus términos, a la Ley Nacional Nº 26.941, modificación parcial al Régimen General de Sanciones por Infracciones Laborales.
ARTÍCULO 3: La Autoridad de Aplicación para la aplicación plena de las presentes adhesiones, será la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia.
ARTÍCULO 4º: De forma.-
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